¿Cuánto pagan por cada Punto de secuela? Guía de 2025


Una de las preguntas más frecuentes cuando alguien sufre un accidente con secuelas es: ¿Cuánto me corresponde por cada punto? Y aunque sería muy cómodo tener una cifra fija por punto, la realidad es que no hay una cantidad universal por cada punto de secuela. Vamos a ver por qué.
¿Qué se considera una secuela?
Una secuela es cualquier daño físico, sensorial, orgánico o estético que persiste una vez finalizado el proceso de curación. También se consideran secuelas los elementos implantados (como tornillos o placas) que permanecen en el cuerpo tras una cirugía. Todas ellas se valoran con una puntuación que va de 1 a 100, según el Baremo médico.
¿Cómo se calcula la indemnización por puntos de secuela?
La cuantía económica que se paga por cada punto depende de la edad del lesionado y de la puntuación total, y se consulta en unas tablas oficiales que se actualizan cada año.
Estas tablas cruzan dos variables:
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Filas: número de puntos de secuela (de 1 a 100).
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Columnas: edad del lesionado (de 0 a 100 años).
Por eso no existe una cifra fija por punto, ya que el valor del punto es mayor cuanto más joven es la persona y aumenta progresivamente con la gravedad de la secuela.
¿Y si tengo varias secuelas?
No se suman directamente. Se aplica una fórmula llamada fórmula de Balthazard, que pondera el impacto conjunto. Esto es importante porque, si el resultado final supera ciertos umbrales, son susceptibles de otros apartados de indemnización adicionales.
Por ejemplo:
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Si una sola secuela supera los 60 puntos, o el conjunto alcanza 80 puntos tras aplicar la fórmula, se puede reconocer un daño moral complementario por perjuicio psicofísico.
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También se pueden valorar otros conceptos como el perjuicio moral por pérdida de calidad de vida, asistencia futura o daños estéticos añadidos.
¿Varía el valor con los años?
Sí. El Baremo se actualiza anualmente, ya que los costes y valores económicos también cambian. No es lo mismo lo que se pagaba por un punto de secuela en 2020 que en 2025.
Por tanto, para saber cuánto te corresponde hoy por tus secuelas, hay que:
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Evaluar y puntuar correctamente cada una.
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Calcular la edad del lesionado en el momento del accidente.
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Consultar la tabla actualizada del año en curso.
¿cuánto pagan por cada punto?
La respuesta corta: depende.
Depende de tu edad, del número total de puntos, del año del accidente, y de si hay perjuicios adicionales. Por eso es tan importante contar con un informe médico pericial bien hecho, que no solo asigne una puntuación justa, sino que también identifique todos los conceptos que pueden aumentar tu indemnización.
Ejemplo real con cifras oficiales (año 2025):
Supuesto: persona de 35 años con 10 puntos de secuela (por ejemplo, limitación funcional leve tras un accidente).
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Indemnización por perjuicio personal básico: 10.796,42 €.
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Si en lugar de 10 fueran 20 puntos: 30.213,81 €.
Para que veas cómo influye la edad, la misma puntuación (10 puntos) en una persona de 65 años se queda en 10.002,00 €.
Cuestiones
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Estas cantidades son solo por “secuelas - perjuicio personal básico”. No incluyen posibles complementos por perjuicio estético, pérdida de calidad de vida, asistencia futura, gastos o lucro cesante, que pueden incrementar la indemnización.
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Las tablas se actualizan cada año por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (Resolución de 12 de marzo de 2025).
¿Dónde consultar las tablas oficiales?
Las cuantías por puntos de secuela se publican cada año mediante una resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) en el Boletín Oficial del Estado. Para 2025, la referencia es la Resolución de 12 de marzo de 2025, donde se actualizan oficialmente las indemnizaciones del baremo.
Dónde encontrarlas paso a paso:
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En el BOE: busca “Resolución de 12 de marzo de 2025 DGSFP cuantías indemnizaciones” y accede al texto oficial con las tablas actualizadas. BOE
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En la web de la DGSFP: dentro del apartado de Regulación encontrarás la página de la resolución anual y, normalmente, el enlace a las “Tablas indemnizatorias” en PDF del año correspondiente. DGSFP
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Como apoyo, el Consejo General del Poder Judicial mantiene una página informativa que remite a la resolución vigente y a las cuantías del año en curso. Úsala solo como referencia secundaria; la fuente de derecho aplicable sigue siendo el BOE y la DGSFP.
Nota: las tablas se actualizan anualmente; asegúrate siempre de estar consultando el documento del año correcto.
Te dejo por aquí las tablas oficiales para que las puedas descargar fácilmente en PDF.
Descargar Baremo de 2025¿Quién realiza la valoración de las secuelas?
La puntuación de las secuelas la establece un médico perito aplicando el Baremo (Ley 35/2015) sobre tu caso concreto.
Perito médico independiente (recomendable para el lesionado)
Es quien realiza una valoración objetiva a partir de tu historia clínica, la exploración física, las pruebas disponibles y, si procede, documentación fotográfica. Su informe explica qué secuelas persisten, las puntúa (1-100), aplica la fórmula de concurrencia cuando hay varias (fórmula de Balthazard), tiene en cuenta la edad y el año de tablas y recoge posibles perjuicios adicionales (estético, pérdida de calidad de vida, gastos, lucro cesante). Este informe puede usarse en negociación con la aseguradora o en juicio, con ratificación del perito médico.
Tipos de secuelas
Para entender “cuántos puntos” pueden corresponder, conviene tener claro qué secuelas reconoce el baremo y cómo se agrupan. A grandes rasgos, hablamos de cuatro bloques, con ejemplos habituales:
Secuelas psicofísicas (funcionales)
Afectan a la función del cuerpo o del sistema nervioso. Incluyen limitaciones de movilidad (p. ej., pérdida de flexo-extensión en una articulación), rigideces, inestabilidades, dolor crónico, paresias o parálisis, cefaleas postraumáticas, trastornos cognitivos leves tras TCE, alteraciones del sueño, etc. También se consideran aquí las derivadas de material de osteosíntesis que permanece (placas, tornillos) cuando condiciona molestias o limitaciones.
Secuelas orgánicas
Son las que afectan a órganos y sistemas internos: respiratorio (disnea de esfuerzo tras contusión pulmonar), cardiovascular, digestivo (secuelas de cirugías abdominales), genitourinario, endocrino, dermatológico (más allá del componente estético), etc. Se valoran por su repercusión funcional (leve, moderada, grave) y su cronicidad.
Secuelas sensoriales
Abarcan pérdidas o alteraciones de la visión (disminución de agudeza, diplopía, fotofobia), audición (hipoacusia, acúfenos), olfato y gusto, y las neuropatías sensitivas (parestesias persistentes, hipoestesia). Se puntúan según intensidad y afectación bilateral/unilateral.
Perjuicio estético (daño estético)
Es la alteración visible de la apariencia: cicatrices (faciales o corporales), asimetrías, hundimientos, deformidades, discromías extensas, secuelas de quemaduras, pérdida de piezas dentales visibles, etc. Su valoración atiende a localización, tamaño, visibilidad, atracción de la mirada y repercusión social/profesional. Puede coexistir con secuelas funcionales del mismo hecho lesivo.

¿Cuándo se puede hacer la valoración?
La valoración por puntos de secuela debe realizarse cuando el lesionado ha alcanzado la estabilización clínica o máxima mejoría médica (MMI): es decir, cuando la lesión ya no evoluciona de forma relevante y el médico responsable da el alta por curación o por secuelas. A partir de ese momento puede emitirse la valoración definitiva y consultar las tablas del año correspondiente.
Conclusiones
La pregunta “¿cuánto pagan por cada punto de secuela?” no tiene una respuesta única, porque el valor de cada punto depende de tres factores clave: la edad del lesionado, la puntuación total de secuelas y el año en que se aplica el baremo. Lo que sí está claro es que cada secuela, ya sea física, orgánica, sensorial o estética, puede traducirse en una indemnización que se calcula conforme a tablas oficiales y que se actualizan todos los años.
Además, no solo se valoran los puntos de secuela: también se pueden sumar otros conceptos como el perjuicio estético, los daños morales complementarios, la pérdida de calidad de vida o incluso los días de baja y rehabilitación. Todo ello puede aumentar de forma considerable la indemnización final.
Por eso, lo más recomendable es contar con un informe pericial médico independiente, que valore de manera rigurosa tus secuelas, aplique correctamente las tablas y recoja todos los perjuicios indemnizables. De esta forma tendrás una base sólida para reclamar lo que realmente te corresponde.
Si quieres que valore tu caso, contacta conmigo.
Preguntas frecuentes
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¿Cuánto dinero es un punto de secuela?
No existe una cifra fija por punto, ya que el valor depende de la edad del lesionado, de la puntuación total de secuelas y del año en curso. Por ejemplo, en 2025 un punto de secuela para una persona joven vale más que para alguien de mayor edad. Las tablas oficiales de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones establecen estas cuantías de forma anual, y cuanto mayor es el número de puntos, más se incrementa el valor.
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¿Cuánto pagan por secuelas en un accidente de tráfico?
La indemnización por secuelas en un accidente de tráfico se calcula aplicando el Baremo oficial (Ley 35/2015). Se suman los puntos de secuela (usando la fórmula de Baltazar cuando hay varias) y se cruza con la edad del lesionado para obtener la cuantía correspondiente. Además, pueden añadirse otros conceptos como el perjuicio estético, el daño moral complementario o la pérdida de calidad de vida, lo que incrementa la indemnización total.
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¿Cuánto pagan por día de rehabilitación en 2025?
En 2025, el Baremo fija las siguientes cantidades diarias por lesiones temporales: Perjuicio básico: 38,10 € al día. Perjuicio moderado (pérdida parcial de calidad de vida, como baja laboral): 66,04 € al día. Perjuicio grave (hospitalización): 95,26 € al día. Perjuicio muy grave (UCI): 127,01 € al día.